

RETENCIÓN 1%. Si su empresa contrataba a empresarios acogidos al régimen de módulos que realizan determinadas actividades como pintores, albañiles, carpinteros, …, debían practicárseles una retención del 1%.
Pues bien , a partir de 2016 dichos empresarios quedan excluidos de este régimen (pasan a tributar en estimación directa), por lo que ya no deberá retenerles nada.
Para evitar la retención, la norma obliga a estos empresarios a comunicar a su empresa que ya no tributan en módulos, no obstante dado que cambio legal afecta a todos los empresarios que la realizan estas actividades, cabe entender que dicha comunicación no es precisa.
