

Hasta ahora, cuando teníamos que presentar un recurso ante la administración y normalmente nos establecían un plazo limitado en días hábiles, el sábado contaba como tal. A partir del próximo día 2 de Octubre de 2016, En aplicación de la disposición final séptima de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo común de las administraciones Públicas, cuando los plazo se establezcan en días hábiles se excluirán de su computo los sábados, domingos y los declarados festivos. Y cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
